La normativa, ya en vigor tras ser publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye un nuevo régimen de tributación reducida para sociedades de nueva creación y emprendedores durante los dos primeros ejercicios de actividad con resultado positivo.
Hoy el tipo general de tributación de las sociedades es del 30% y las empresas con una cifra de negocio menor de 10 millones de euros se benefician de un tipo reducido del 25% para los primeros 300.000 euros de base imponible, y del 30% para lo que exceda de ese importe. En adelante, además, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo del 15% para esos primeros 300.000 euros durante los dos primeros ejercicios en que obtengan beneficios. Y el exceso estará sujeto al 20%, frente al 30% del tipo de gravamen general de Sociedades, también en los dos primeros ejercicios positivos.
Hacienda estima el número de potenciales beneficiarios de esa medida en más de 20.000 empresas al año. El coste para el erario -o, si se prefiere, el ahorro fiscal para los contribuyentes-, serán 270 millones de euros anuales.
Autónomos
Los autónomos que inicien una actividad económica podrán aplicarse también en el IRPF una reducción del 20% en los rendimientos netos obtenidos durante los dos primeros ejercicios con resultados netos positivos. En este caso, el departamento que dirige Cristóbal Montoro cree que el número de beneficiarios será superior a 55.000 por año, que se ahorrarán en torno a 10 millones de euros cada ejercicio.
El decreto publicado en el BOE también incluye medidas de fomento del autoempleo en el régimen de autónomos. Los desempleados que decidan establecerse por su propia cuenta podrán beneficiarse de la exención del IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de esas prestaciones se realice en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos solo los primeros 15.500 euros). Hacienda estima en 21.000 los beneficiarios de esta última iniciativa.